Al iniciar una actividad económica en Argentina, una de las decisiones fiscales más importantes es elegir entre el Monotributo o el Régimen General
Esta elección impacta directamente en tu carga impositiva, la facturación, la complejidad administrativa y los trámites ante ARCA.
En Estudio Lorenzo y Asociados, te guiamos para entender las diferencias entre Monotributistas y Régimen General y determinar el esquema más beneficioso para tu actividad, tu proyección de ingresos y tu estructura de costos. Es vital contar con el asesoramiento profesional para evitar multas, exclusiones o pagar impuestos de más.
A continuación, analizamos las diferencias clave entre el Monotributo y el Régimen General para que puedas tomar la mejor decisión fiscal.
Monotributo: simplicidad y cuota fija
El Monotributo es el esquema elegido por emprendedores y profesionales con ingresos anuales acotados.
Su principal atractivo es la simplicidad:
Características clave del monotributo
El Monotributo unifica en una sola cuota mensual el pago de tres componentes esenciales:
- Impuesto integrado: paga el Impuesto a las ganancias y el IVA.
- Aportes previsionales: cobertura para la futura jubilación.
- Obra social: aporte para cobertura de salud.
La cuota es fija y mensual, y su valor se determina por la categoría asignada, la cual se basa en el nivel de ingresos brutos, el consumo de energía eléctrica y el alquiler del local.
El gran beneficio es la simplicidad de la gestión y la facturación, pero tiene límites de facturación, y si los superás, deberás pasar al Régimen General.
Régimen General: ilimitado y analítico
El Régimen General está diseñado para empresas y profesionales con altos volúmenes de facturación y costos operativos significativos.
Características clave del régimen general
En este esquema, los impuestos se pagan de forma discriminada y la carga fiscal no es fija, sino que se calcula en función de la actividad económica:
- Impuesto a las ganancias: se paga una alícuota variable sobre la ganancia neta (ingresos menos gastos deducibles).
- Impuesto al valor agregado: se paga el 21% sobre las ventas, pero se puede computar crédito fiscal por el IVA pagado en las compras (costos).
- Aportes de la seguridad social: se liquidan según el tipo de sociedad o actividad.
La gran ventaja es que no hay límites de facturación, y al poder deducir gastos y computar IVA, si tus costos son altos, este esquema puede ser más beneficioso que el Monotributo.
Diferencias clave para tu elección
| Criterio de comparación | Monotributo | Régimen General |
| Límite de facturación | Sí, topes anuales obligatorios. | No hay límites de ingresos. |
| Impuestos | Cuota única fija (IVA + Ganancias + Aportes). | Pagos por separado (IVA, Ganancias, Seguridad Social). |
| Deducción de gastos | No se permite la deducción de gastos. | Sí, se pueden deducir gastos para reducir la base imponible. |
| Complejidad administrativa | Muy simple. | Alta complejidad; requiere contador obligatorio. |
Si tus ingresos están comenzando y se mantienen dentro de los límites anuales, y tus costos operativos son bajos, el Monotributo ofrece facilidad y previsibilidad. Si facturás por encima de los topes o tenés costos elevados que necesitás deducir, el Régimen General es la única opción, y a largo plazo, podría ser más eficiente fiscalmente.
La elección entre el Monotributo o Responsable Inscripto no debe tomarse a la ligera. Considerar tus proyecciones de ingresos, tu estructura de costos y tu nivel de actividad es fundamental para evitar multas de ARCA o pagar impuestos de más. La transición de un régimen a otro debe ser planificada.
En Estudio Lorenzo estamos listos para analizar tu situación particular y asesorarte sobre el régimen fiscal que mejor se adapta a tu actividad.