Recategorización del Monotributo Julio 2026
ARCA ya habilitó la recategorización del segundo semestre de 2026. El trámite se puede hacer desde el 15 de julio hasta el 5 de agosto, y los cambios empiezan a regir con el pago de agosto.
Esta vez, el período que se evalúa va de julio 2025 a junio 2026. No es el año calendario. Esa diferencia de seis meses cambia el cálculo y es uno de los errores más frecuentes entre monotributistas.
Además, este semestre trae una actualización del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, en línea con la variación del IPC que informó el INDEC. Aunque tu actividad no haya cambiado, los números de tu categoría sí cambiaron.
Tabla de categorías del Monotributo desde agosto 2026
ARCA oficializó los nuevos valores que rigen desde agosto de 2026 hasta enero de 2027. Los topes de facturación, el impuesto integrado, la obra social y la jubilación subieron un 16,8% respecto del semestre anterior.
| Escala Completa – Valores Mensuales en Pesos (Agosto 2026 – Enero 2027) | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Categoría | Límite Anual | Obra Social | Jubilación | Impuesto | Total Servicios | Total Ventas |
| A | $12.009.410,45 | $25.694,55 | $18.246,86 | $5.585,77 | $49.527,18 | $49.527,18 |
| B | $17.595.182,74 | $25.694,55 | $20.071,55 | $10.612,98 | $56.379,08 | $56.379,08 |
| C | $24.670.494,31 | $25.694,55 | $22.078,71 | $16.757,32 | $66.020,12 | $64.530,58 |
| D | $30.628.651,43 | $30.535,56 | $24.286,58 | $27.742,67 | $84.612,93 | $82.564,81 |
| E | $36.028.231,33 | $37.238,48 | $26.715,24 | $44.313,79 | $119.811,45 | $108.267,51 |
| F | $45.151.659,41 | $42.824,25 | $29.386,76 | $57.719,64 | $150.784,21 | $129.930,65 |
| G | $53.995.798,87 | $46.175,72 | $41.141,46 | $71.497,87 | $230.312,94 | $158.815,05 |
| H | $81.924.660,37 | $55.485,33 | $57.598,04 | $204.811,64 | $522.706,68 | $317.895,01 |
| I | $91.699.761,90 | $68.518,81 | $80.637,26 | $325.836,71 | $963.747,86 | $474.992,78 |
| J | $105.012.519,20 | $76.897,46 | $112.892,16 | $391.004,07 | $1.116.299,76 | $580.793,69 |
| K | $126.610.838,75 | $87.882,82 | $158.049,02 | $456.171,40 | $1.614.446,04 | $702.103,24 |
*Valores vigentes desde agosto 2026 hasta enero 2027. Incluyen impuesto integrado, aporte jubilatorio y obra social. Actualización del 16,8% según variación del IPC (INDEC).
¿Quiénes tienen que recategorizarse?
No todos los monotributistas están obligados a hacer el trámite. Solo corresponde si durante los últimos 12 meses cambió alguno de estos parámetros:
- Ingresos brutos facturados
- Consumo de energía eléctrica
- Superficie afectada a la actividad
- Monto de alquileres del local o establecimiento
Si ninguno de esos datos se modificó y tu categoría sigue siendo la misma, no hace falta presentar nada. Tampoco deben recategorizarse quienes llevan menos de seis meses en el régimen.
Ahora bien: con la inflación acumulada del último año, la mayoría de los contribuyentes que mantuvieron precios actualizados probablemente hayan superado los límites de su categoría anterior en pesos. Conviene revisar antes de asumir que “todo sigue igual”.
Fechas clave de la recategorización julio 2026
- 15 de julio: se abre el trámite de recategorización en el portal de ARCA.
- 20 de julio: vencimiento del pago de julio. Se paga con los valores anteriores.
- 5 de agosto: último día para completar la recategorización.
- 6 al 20 de agosto: ARCA puede aplicar recategorizaciones de oficio si detecta inconsistencias.
- 20 de agosto: primer pago con la tabla nueva.
La nueva categoría rige desde agosto. Julio se paga con los valores que venían. No dejes el trámite para el último día: si el sistema de ARCA tiene problemas de acceso (algo que pasa), te quedás sin margen.
¿Qué parámetros evalúa ARCA para definir tu categoría?
Antes de hacer la recategorización del Monotributo, revisá estos cinco puntos:
- Ingresos brutos anuales: todo lo que facturaste en los últimos 12 meses. Los topes se ajustan cada semestre según el IPC.
- Superficie afectada: los metros cuadrados donde desarrollás tu actividad (local, taller, oficina).
- Consumo de energía eléctrica: la cantidad de kWh anuales que usás para trabajar. Lo podés verificar en tu factura de luz.
- Alquileres devengados: el total que pagás por el inmueble donde trabajás durante todo el año.
- Precio unitario máximo: si vendés productos, es el precio del artículo más caro que ofrecés.
Si alguno de estos parámetros cambió y supera (o queda por debajo de) los límites de tu categoría actual, tenés que recategorizarte.

¿Qué pasa si no te recategorizás a tiempo?
Si el 5 de agosto pasó y no hiciste nada, ARCA puede:
- Recategorizarte de oficio, con los datos que tiene el sistema. No siempre es la opción más favorable para vos.
- Reclamarte diferencias de cuota retroactivas.
- Aplicar sanciones previstas por la normativa vigente.
Para dimensionarlo: en la primera recategorización de 2026, ARCA aplicó más de 220.000 recategorizaciones automáticas. El organismo cruza datos de facturación, movimientos bancarios, compras y acreditaciones financieras. El espacio para “dejarlo pasar” es cada vez más chico.
Si superás el tope de la categoría K ($126.610.838,75 anuales), quedás excluido del Monotributo y tenés que pasarte al régimen general con IVA y Ganancias. No es el fin del mundo, pero conviene planificarlo con tiempo.
Dejá tu recategorización en manos de profesionales
Si no estás seguro de qué categoría te corresponde, o simplemente preferís no arriesgarte, en Lorenzo y Asociados nos ocupamos del trámite completo.
Daniel H. Lorenzo (Contador Público UBA, C.P.C.E.P.B.A. T° 116 – F° 36) y su equipo con más de 30 años de experiencia analizan tu actividad de los últimos 12 meses, determinan la categoría que te corresponde y presentan la recategorización en tiempo y forma.
Te ayudamos a:
- Analizar tus ingresos y gastos del período julio 2025 – junio 2026.
- Cruzar todos los parámetros (no solo facturación) para definir la categoría correcta.
- Presentar el trámite antes del 5 de agosto, sin demoras.
- Mantener tu situación fiscal ordenada durante todo el semestre.